23Mayo2013

Superintendente

El Superintendente es el Jefe Superior del Cuerpo, es el que lidera la marcha administrativa de la Institución.

Sus deberes y atribuciones son:

a) Velar por el buen nombre y prestigio de la Institución;
b) Representar al Cuerpo jurídicamente y en todo orden de cosas;
c) Convocar a sesiones de Directorio, al Consejo Superior de Disciplina y al Consejo de Oficiales Generales;
d) Presidir las sesiones a que se refiere la letra anterior y cuidar del cumplimiento de los acuerdos que estos organismos adoptaren;
e) Firmar las actas y los cheques;
f) Firmar la correspondencia y los Diplomas de Premios de Constancia u otras distinciones que otorgue la Institución.
g) Autorizar el uso de los uniformes 1, 2 y 3 para actos de servicio fuera de la jurisdicción. El uso del uniforme para cualquier otro tipo de acto, deberá ser autorizado por el Consejo de Oficiales Generales;
h) Autorizar a las Compañías para citar de uniforme o sin él, a Romerías, ceremonias de aniversario patrio u otros actos análogos que se efectúen dentro de la jurisdicción;
i) Citar al Cuerpo o delegaciones, cuando lo estime del caso, a funerales de voluntarios de otros Cuerpos;
j) Dar cuenta documentada de los gastos que se efectúen con cargo al ítem Representación;
k) Designar comisiones especiales que no tengan carácter de permanentes. Estas podrán ser integradas por voluntarios que no pertenezcan al Directorio y serán presididas por quien determine el Superintendente.
l) Proponer al Directorio para su aprobación, crear Departamentos técnicos-administrativos y designar asesores que cumplan las funciones específicas de los mismos, nombrando para cada Departamento, un voluntario a su cargo.
m) Contratar el Personal rentado que requiera la Institución.ART. 31. El Superintendente será subrogado por el Vicesuperintendente con sus mismos deberes y atribuciones.