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REITERA DISPOSICIONES IMPARTIDAS

Por orden del Señor Comandante se reiteran disposiciones impartidas en Orden del Día Nº 83 de fecha 11 de Noviembre del año 1999, considerando algunas modificaciones en la condición de Carácter Permanente sólo en lo siguiente:

1.-    Autoriza el uso de Equipos Transceptores:

Con el objetivo de facultar a los Voluntarios de la Institución, a utilizar su Radio Transceptor particular como medio de comunicación hacia la Central sobre alarmas en donde no se ha constatado la presencia de Bomberos, se dispone que a contar del 01 de Diciembre del año 1999 se autoriza el uso de Equipos Transceptores para dar alarmas a la Central en las eventualidades en que sea necesaria la presencia de Bomberos.

2.-    Se disponen las siguientes normas:

Se autoriza a aquellos Voluntarios que posean Radios Transceptores, marca Motorola, modelo EP-450 & PRO5150 u otros modelos que cuenten con identificador de transmisión (o PTTID) del tipo MDC-1200 la utilización de sus Equipos para:
• Informar a la Central de Alarmas en las cuales no se ha constatado la presencia de Bomberos.
• Solicitar la asistencia de más Material Mayor a un acto del servicio, siempre y cuando no se encuentre ningún Carro presente.

3.-    Consideraciones Generales:

La programación del PTTID (identificador) sólo podrá ser hecha por el Departamento de Comunicaciones del Cuerpo de Bomberos de Ñuñoa.
Podrán acceder a este beneficio sólo aquellos Voluntarios que tengan su Radio Transceptor inscrito en los registros del Departamento de Comunicaciones o la inscriban en el momento de realizar la programación. Se reitera que una vez inscrita, la Radio es personal es decir, sólo se podrá transmitir por la Radio propia y en ningún caso por una ajena.
Una vez inscrita, su habilitación es inmediata y se le asignará el número de transmisión.
Todas las alarmas que se requieran avisar a la Central deberán ser informadas sólo por frecuencia 5-1.
Todas las transmisiones que se hagan desde un Radio Transceptor por cualquiera de las frecuencias que posea, serán de exclusiva responsabilidad del propietario.
Si la Radio es extraviada o sustraída, deberá notificarse en forma inmediata al Departamento de Comunicaciones, a través de una carta manuscrita entregando la información completa del equipo y las condiciones de dicho extravío o sustracción (fecha, lugar, etc).

Será responsabilidad del propietario el mal uso futuro que se le de al Equipo si no se realiza la notificación correspondiente.
Si se desea vender o traspasar el Equipo Transceptor, será obligación previa a esta gestión, contactarse con el Departamento de Comunicaciones y por escrito, para que este proceda a eliminar el identificador asignado.
En todo momento se debe utilizar el sistema de claves y procedimientos que tiene establecido el Cuerpo de Bomberos de Ñuñoa.
El Voluntario que solicite la presencia de Bomberos, deberá obligatoriamente permanecer en el lugar hasta la llegada del primer Carro, de hecho, el solicitante deberá acercarse al Voluntario a cargo para informarle de la situación.
Durante el desarrollo de un acto, sólo se podrá informar a la Central a través del Portátil personal la presencia  de 1-2 en el lugar, siempre y cuando no este presente ninguna pieza de Material Mayor.
Los llamados radiales que efectúe la Central solicitando 3-0, 3-1, u otros, no podrán ser contestados bajo ningún fundamento, es decir, se mantendrá de la misma forma que hasta hoy se desarrolla.
    Se recuerda que en los actos del servicio solamente se encuentra autorizado el uso de un sólo Portátil por Carro, más el que utiliza el Capitán si éste se encuentra en el lugar.

4.-    Prohibiciones:

Se encuentra estrictamente prohibido:
Informar a la Central sobre hechos en los cuales no es necesaria la presencia de Bomberos, tales como:
• Atropellos, riñas callejeras, asaltos, etc.
• Reiterar la solicitud de presencia de Bomberos ante demoras.
• Abandonar el lugar antes de la llegada del primer carro.
• Utilizar el Radio Transceptor particular cuando se encuentre Material Mayor en el
   lugar.
• Solicitar a la Central informaciones: 6-2, 6-3, 6-4, 6-5, etc.
   El Departamento de Comunicaciones será el encargado de velar por el cumplimiento
   de estas disposiciones.


LA PRESENTE ORDEN DEL DIA, TIENE CARÁCTER DE PERMANENTE


Ñuñoa, Febrero 15 del 2010



                                                               DANIEL VERGARA RIPOLL
                                                                         COMANDANTE

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